La asociación se solidariza y compromete con todas las áreas de Aragón afectadas por el paso de la devastadora Dana, ofreciendo su colaboración como Asociación de Consumidores a todos los municipios afectados, como canal de información abierto al público para resolver todas aquellas dudas y consultas sobre la solicitud de las ayudas del Gobierno de Aragón o en los trámites con sus seguros.
AICAR ADICAE informa sobre las gestiones a realizar para solicitar las ayudas que el Gobierno de Aragón ha puesto en marcha para atenuar los daños ocasionados por la DANA. Estas ayudas se pueden gestionar bien presencialmente en las oficinas de asistencia en materia de registro de las Administraciones Públicas, dirigiendo la solicitud al Dpto. de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión territorial del Gobierno de Aragón o de manera telemática en el registro electrónico del Gobierno de Aragón dirigiendo la solicitud al mismo departamento mencionado anteriormente.
¿Quién podrá solicitar estas ayudas?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarios de una vivienda habitual, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles que hayan sufrido cualquiera de los siguientes daños:
Destrucción total, daños que afecten la estructura, daños menos graves que no afecten a la estructura, por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad, daños en bienes muebles incluyendo entre otros los vehículos a motor, bicicletas, y los daños que se localicen en la vivienda propiamente dicha así como en sus anejos tales como garajes, trastero, almacén, etc.
Las cuantías de las ayudas máximas llegan hasta 60.480 euros en el caso de destrucción total de la vivienda habitual y hasta 41.280 euros en el caso de daños en la estructura de la vivienda habitual.
En el caso de los daños ocasionados en los elementos comunes de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal la cuantía llega hasta 20.640 euros.
Hasta 10.320 euros por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual y en el caso de otros bienes muebles incluidos los vehículos a motor, bicicletas, aparatos o equipo de su propiedad hasta 36.896 euros.
La cuantía final por otorgar será la que resulte de restar a la valoración acreditada de los daños, las cantidades que hubieran obtenido de seguros u otras ayudas concedidas por otras Administraciones o Entres Públicos o Privados, nacionales o internacionales.
El plazo de presentación de la solicitud de ayudas comienza el 16 de noviembre de 2024 y termina el 16 de enero de 2025, salvo en el caso de daños ocultos que puedan surgir, en este caso el periodo de solicitud se ampliará hasta los 6 meses (16 de mayo de 2025)
Documentación a aportar por los damnificados:
- Memoria descriptica de los daños, perdidas e inversión o coste de su reparación
- Copia Póliza del seguro
- Documentos gráficos en cualquier soporte (vídeo o fotografía) que acrediten los daños ocasionados a los bienes.
- Acreditación de la titularidad de la vivienda y los bienes afectados
- La vivienda debe constituir el domicilio habitual para ello se presentará el volante de empadronamiento
- Relación de otras solicitudes de indemnización a empresas aseguradoras o al Consorcio de compensación de seguros, así como ayudas solicitadas ante la administración del estado y otras administraciones públicas.
- Estar al corriente de pago con las administraciones públicas, aportando certificados de los órganos competentes (Hacienda del Estado, Administración Comunidad Autónoma de Aragón y Seguridad Social)
- Acreditación de cumplimiento con la legislación medioambiental y de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, derechos y garantías de las personas de discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo
- Firma de la declaración responsable en el momento de la solicitud.
Resolución de las ayudas:
El plazo de resolución de las ayudas será de 3 meses a contar desde la presentación de la solicitud, si al vencimiento no se notificado se entiende desestimada por silencio administrativo.
Pago de las ayudas:
El pago será abonado de la siguiente manera, el 60% de la cuantía de la ayuda al notificar la resolución de concesión y el 40% restante una vez comprobado en su caso, el finiquito del seguro y la resolución de otorgamiento de otras ayudas provenientes de otras administraciones u otros departamentos del Gobierno de Aragón.
¡Muy importante! Tras la solicitud y la concesión los beneficiarios deberán justificar las ayudas presentando la documentación pertinente. El plazo será el que determine la orden de concesión.
Otras cuestiones importantes a tener en cuenta:
Recopilar imágenes y videos sobre los daños ocasionados a los bienes
Comprobar el contenido de la póliza, cuantías y limitaciones en las indemnizaciones.
Notificar primero al seguro, ya que estos serán los primeros en realizar cualquier pago o la comunicación al Consorcio de Compensación de Seguros.
Guarda todas las facturas de compras o reparaciones de los daños en la vivienda ya que será necesario la justificación del gasto.
Perdida total o parcial de la vivienda, el problema puede alcanzar dimensiones notables en el caso de vivienda hipotecadas.
Ante la difícil situación que afrontan los ciudadanos de los municipios afectados de Aragón, AICAR ADICAE traslada su apoyo más sólido a todos los consumidores afectados y los anima a que contacten con la asociación para informarse de los procedimientos ante la hipoteca, las ayudas o los trámites con su seguro.
AICAR ADICAE contactará con sus socios de los municipios afectados para apoyarles en todas las gestiones necesarias y pone al servicio de todos los consumidores afectados su estructura y canales de comunicación para prestar soporte y asesoramiento a todos los consumidores afectados.